Ley de Derechos Humanos de Nueva York

En Nueva York, los autónomos están protegidos contra la discriminación y el acoso

Infórmese sobre las protecciones laborales contra el acoso y la discriminación para autónomos.

Presentar una demanda por discriminación

¿Qué es la Ley de Derechos Humanos de Nueva York?

El 11 de enero de 2020 entró en vigor una enmienda a la Ley de Derechos Humanos de Nueva York para aclarar que todos los autónomos y contratistas independientes están protegidos contra la discriminación y el acoso en el lugar de trabajo. Sus disposiciones incluyen:

  • Antidiscriminación Es ilegal discriminar a los autónomos por motivos de: edad, antecedentes penales o de arresto, condición de cuidador, ciudadanía, color, historial crediticio, discapacidad, sexo, identidad de género, estado migratorio, estado civil o de pareja, servicio militar, origen nacional, embarazo, raza, religión/credo, historial salarial, decisiones sobre salud sexual y reproductiva, orientación sexual, condición de víctima de violencia doméstica, violencia sexual o acoso, o situación de desempleo.
  • Acoso sexual Los clientes tienen prohibido acosar sexualmente a los autónomos, ya que se considera una forma de discriminación por razón de sexo.
  • Ajustes razonables Los autónomos tienen derecho a recibir ajustes razonables por discapacidad, lactancia, embarazo, parto o afecciones médicas relacionadas, observancia religiosa y para víctimas de violencia doméstica, delitos sexuales o acoso.
  • Anti-represalias Los clientes no pueden tomar represalias contra un autónomo por oponerse a una práctica discriminatoria, presentar una denuncia por discriminación o colaborar en una investigación por discriminación.

¿Quién está cubierto?

La ley protege a todos los autónomos independientemente de si tienen un contrato formal, de si el trabajo requiere que estén in situ con regularidad o no, o de si se trata de una relación a corto o largo plazo. Las apps y las plataformas en línea también pueden ser responsables si discriminan directamente a un autónomo que utiliza su plataforma o si un cliente que utiliza su plataforma para contratar a un autónomo incurre en discriminación ilegal.

Si desea presentar una denuncia ante la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de Nueva York (NYCCHR), debe hacerlo en el plazo de un año a partir del último presunto acto de discriminación; para el acoso por razón de sexo, dispone de tres años a partir del último presunto acto de discriminación. Si desea presentar una denuncia ante el Tribunal Estatal, dispone de tres años para hacerlo a partir del último presunto acto de discriminación. No podrá presentar una denuncia ante la NYCCHR y otra ante el Tribunal Estatal.

¿Qué deben hacer las empresas para prevenir el acoso?

Las partes contratantes están obligadas a que todos sus trabajadores -incluidos los autónomos- realicen una formación anual sobre acoso sexual si:

  • Emplean a 15 personas o más
  • El autónomo trabaja más de 80 horas en un año natural, y durante al menos 90 días (no es necesario que sean consecutivos)

Los autónomos no están obligados a realizar cursos de formación sobre acoso sexual más de una vez al año, y pueden presentar una prueba de su realización a quienes los contraten posteriormente.

Presentar una demanda por discriminación

Puede denunciar la discriminación o el acoso a la Comisión de Derechos Humanos de Nueva York utilizando este formulario, independientemente de si desea presentar una queja formal. La Comisión puede presentar un informe en su nombre e investigar su caso. Si determina que se ha producido una infracción de la ley, puede tener derecho a una indemnización por daños y perjuicios y a otras compensaciones.

Presente una queja o plantee sus dudas: