GUÍA DE LENGUAJE SENCILLO PARA AUTÓNOMOS Y EMPRESAS DE NUEVA YORK
A partir del 15 de mayo de 2017: Los autónomos y empresas de NYC deben cumplir la Ley de autónomos no es gratis
La Ley de Autónomos no es Gratis establece protecciones básicas para el trabajo autónomo, entre las que se incluyen:
- Contratos obligatorios: los clientes deben utilizar un contrato cuando contratan a un autónomo por más de 800 dólares de trabajo y pueden enfrentarse a multas si se niegan a proporcionarlo.
- Condiciones de pago a 30 días: a menos que se especifique lo contrario en un contrato, los clientes deben pagar a los autónomos en un plazo de 30 días desde la finalización del trabajo.
- Protección de los acuerdos de pago: los clientes no pueden exigir a los autónomos que acepten menos de lo que se les debe a cambio de un pago puntual.
- Anti-represalias: los clientes no pueden tomar represalias contra un autónomo por reclamar un pago.
- Asistencia jurídica: un organismo municipal investigará, podrá intentar cobrar en nombre del autónomo y prestará servicios de navegación judicial si es necesario.
- Doble indemnización por daños y perjuicios: los autónomos pueden cobrar el doble por daños y perjuicios y los honorarios de los abogados en los tribunales, y los reincidentes pueden enfrentarse a sanciones de hasta 25.000 dólares.
En caso de impago o retraso en el pago:
Los freelancers deben recibir el pago en un plazo de 30 días tras la entrega del trabajo o en la fecha de vencimiento del pago, según lo estipulado en el contrato. Si el pago no se recibe o se recibe de forma inoportuna, los autónomos podrán emprender las siguientes acciones:
- Presente una reclamación ante el Departamento de Asuntos del Consumidor (DCA) de la siguiente manera utilizando este formulario. No tiene coste alguno y no se requiere abogado. OLPS investigará y hará un seguimiento con el autónomo y el cliente. OLPS puede entonces enviar un Notificación de denuncia. En virtud de la ley, el cliente está obligado a proporcionar a OLPS una declaración por escrito en respuesta a la Notificación de Queja en un plazo de 20 días que:
- Declara que el autónomo ha recibido el pago íntegro (incluida la prueba de dicho pago);
- Indica las razones por las que no se ha efectuado el pago completo; y/o
- Responde plenamente a cualquier otra alegación de la denuncia relacionada con un contrato escrito o con represalias.
- Interponer una demanda judicial y litigar contra los clientes que no pagan
- Si el tribunal falla a favor del autónomo, el juez puede concederle una indemnización:
- Daños dobles: el cliente deberá al autónomo el doble de los daños evaluados.
- Honorarios de abogado: Los jueces pueden hacer responsable al cliente de los honorarios del abogado del autónomo
- Sin cuota de contrato: Los clientes pueden enfrentarse a una penalización de 250 dólares si se niegan a trabajar con un contrato
- Sanciones civiles: Los clientes con múltiples sentencias en su contra también pueden ser objeto de sanciones civiles de hasta 25.000 dólares.
- Si el tribunal falla a favor del autónomo, el juez puede concederle una indemnización:
¿A quién ampara la ley?
La legislación cubre a los autónomos de Nueva York que:
- Obtención de ingresos 1099
- Debió más de 800 dólares de trabajo en un periodo de 4 meses
- Empresarios individuales que:
- No están incorporados
- Están constituidas como LLC independiente, S-Corp o C-Corp
- No tiene empleados
La ley no cubre:
- Ingresos W-2
- Empresas con empleados
- Acuerdos de asociación
- Abogados / vendedores
- Trabajadores municipales
Cómo cumplir la ley como parte contratante
Sus contratos deben incluir lo siguiente:
- Nombre y dirección postal del cliente y del autónomo
- El alcance del trabajo y el calendario de los servicios que prestará el autónomo, la tarifa de pago y el método de compensación.
- La fecha de pago al autónomo
A partir del 15 de mayo, los particulares y las empresas que contraten a trabajadores autónomos por servicios valorados en 800 dólares o más deben utilizar un contrato. El incumplimiento de estos requisitos puede acarrear una multa de 250 dólares, más los honorarios de abogados y las costas.
La ley obliga a las empresas a pagar a los autónomos antes de la fecha estipulada en el contrato o, si el acuerdo no menciona la fecha de pago, en un plazo de 30 días tras la finalización de los servicios. Las empresas no pueden condicionar el pago puntual a que el autónomo acepte una cantidad inferior a la acordada. La Ley también prohíbe a las empresas tomar represalias contra los autónomos por ejercer sus derechos.
Por último, las disposiciones de la ley incluyen un periodo retrospectivo de 120 días. Las partes contratantes deben revisar todos los contratos de autónomos que superen el umbral de 800 dólares para comprobar que cumplen la ley. De cara al futuro, las empresas deben formar a los empleados con autoridad para celebrar contratos de trabajo por cuenta propia sobre los inquilinos de la ley.